No obligados a facturar electrónicamente | ¿Cuándo podrán realizar proceso de habilitación DIAN?
De acuerdo a comunicado emitido por la DIAN, ya esta disponible la funcionalidad en el sistema para que los contribuyentes que no son facturadores electrónicos puedan adelantar el proceso de habilitación para el documento soporte de pago de nómina electrónica
En el siguiente enlace explicamos el paso a paso para realizar dicho proceso:
si no es obligado a facturar la resolución 000028 de 2022 artículo 1 reglamenta:
“Plazo especial para la primera generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica para los sujetos no obligados a expedir factura de venta. Los sujetos no obligados a expedir factura electrónica de venta que realizan pagos o abonos en cuenta que se derivan de una relación laboral o legal y reglamentaria, o que tienen pensionados a cargo, que requieran soportar los costos y deducciones en el impuesto sobre la renta y complementarios, deberán realizar la primera generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica y las notas de ajuste del citado documento, correspondiente al mes de junio de 2022, dentro de los diez (10) primeros días hábiles del mes de julio de 2022.”
Comentarios
0 comentarios
El artículo está cerrado para comentarios.