Atendiendo las definiciones de la Circular Externa 083 del Ministerio de Trabajo y el Radicado 2025310001925691 del Ministerio de Salud y Protección Social, se define los siguientes ajustes para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 21 de Ley 2466 de 2025, frente al manejo de Contratos de Aprendizaje bajo las definiciones de la Reforma Laboral.
Te contamos cuales son los principales cambios:
✅Vigencia: Los contratos de aprendizaje descritos a continuación se regirán conforme a lo establecido en la Ley mencionada.
- Los contratos de aprendizaje vigentes al 25 de junio de 2025, solo les aplicará lo que suceda a partir de esta fecha.
- Nuevos contratos de aprendizaje firmados a partir del 25 de junio de 2025 en adelante.
✅Pago de seguridad social: El reconocimiento de los pagos a la seguridad social de los aprendices dependerá de la etapa que se encuentre en aprendiz.
- Etapa Lectiva: Las cotizaciones a salud y riesgos profesionales debe ser asumida por la empresa en su totalidad, sin generar costo para el aprendiz.
- Etapa Productiva: Mientras el aprendiz se encuentre en esta etapa, el pago de la seguridad social se realizará entre las dos partes empleador y aprendiz de acuerdo con los siguientes porcentajes:
📌Recuerde: En el caso que aplique, podrá reportar la exoneración de aportes señalada en el Estatuto Tributario para los cotizantes 1-Dependiente.
✅Cambios en minomina
A partir del 1 de agosto de 2025 el tipo de cotizante 12- Aprendiz en etapa lectiva será restringido para el periodo de julio 2025 en adelante. A continuación, te contamos que cambios debes aplicar en el formulario del trabajador de minomina.
-
Los aprendices en etapa lectiva deberán ser liquidados con tipo de cotizante 19- Aprendiz en etapa productiva y el contrato continuara siendo el de aprendizaje.
-
Los aprendices en etapa productiva o formación dual se liquidarán con tipo de cotizante 1-Dependiente y el tipo de contrato a seleccionar deberá ser el de termino fijo.
Este procedimiento aplicará hasta tanto el Ministerio de Salud y Protección Social expida el acto administrativo que establezca los ajustes en la Planilla Integral de Liquidación de Aportes -PILA, la cual traerá efectos en la generación de la nómina y transmisión electrónica de los pagos a los contratos de aprendizaje.
Nota: Recuerda que los cambios realizados en minomina se verán reflejados en miplanilla y serán tenidos en cuenta al momento de generar la planilla.