1. Las personas que se encuentran vinculadas a una empresa por medio de un contrato de prestación de servicios no están incluidas en la nómina electrónica que debe generar y transmitir la empresa. Muchas personas desconocen que quienes tienen este tipo de contrato no son empleados de la compañía, es decir que no hacen parte de la nómina y, por esta razón, no deben ser reportados en nomina electrónica ante la DIAN.
2. El modulo de trabajadores se puede evidenciar que los trabajadores que estén bajo esta condición de independiente por prestación de servicios solo tendrán la opción de Modificar y Eliminar, ya que el sistema automáticamente sabe que los datos del ese empleado no deben reportarse dentro de la nomina electrónica de la empresa,
Se debe aclarar que estos empleados aparecen en el listado de minomina ya que la información de miplanilla se traslada según este actualizada, de esta manera se recomienda eliminar los empleados que estén esta condición Solo de minomina para que así no genera confusiones ante el reporte.