En la resolución 013 de la DIAN establece la obligatoriedad de colocar el tipo de contrato del empleado. Apliquemos el correcto procedimiento.
En Colombia existen varios tipos de contratos que vinculan al trabajador con la empresa que lo contrata. Cada contrato se debe ajustar a los requerimientos y necesidades del empleador, pero sin que esto conlleve a afectar al empleado.
DIAN | Tabla 5.5.2
En minomina.com de acuerdo con la resolución 013 de la DIAN, para este escenario, mencionan qué tipo de contrato (NIE061) se debe incluir según el código del tabla 5.5.2. Cabe mencionar, que este campo es obligatorio y se debe registrar una sola vez dentro de la nómina electrónica.
Tipos de contratos
Por lo anteriormente indicado, tenemos que existen ante la DIAN 5 tipos de contratos. A continuación, explicamos de que se trata cada uno de ellos:
1. Término Fijo
Tiene una duración aproximada de 1 día a 3 años y su renovación máxima es hasta 3 veces. En esta clase de contrato el empleado goza de prestaciones sociales previstas en la Ley como: cesantías, vacaciones, primas y preaviso de 30 días en caso de finalizar.
2. Término Indefinido
No tiene una fecha de término. De igual manera se tiene todos los beneficios de Ley establecidos y también incluye otros beneficios adicionales y ayudas especiales tales como créditos y préstamos.
3. Obra o Labor
Se aplica solo para cuando se ejecuta un trabajo específico y una vez finalizada la labor se termina la relación laboral sustraída por medio de este contrato. Incluye los beneficios y descuentos de Ley similar a los contratos fijos o indefinidos.
4. Aprendizaje
El beneficio es este tipo de contratación es que el aprendiz o practicante pueda entrar al mercado laboral, incluyendo el aprendizaje al que se someterá. No suele tener prestaciones sociales, puesto que es un convenio entre las partes y contar con un ingreso para su sostenimiento. Por lo general, se aplican a estudiantes.
La remuneración dependerá del grado de instrucción del aprendiz (si es universitario o no). En este caso, si es universitario tendrá derecho a un apoyo económico que puede ser superior o igual al mínimo, de lo contrario, podría estar por debajo del mínimo.
5. Prácticas o Pasantías
Es una forma de contratación especial. Donde el estudiante recibe formación teórica en alguna institución autorizada, auspiciada por una empresa donde adquirirá una formación laboral o profesional (pasantías). Su duración es de dos años, aunque existe una diferencia entre universitarios y tecnólogos. Estos últimos tienen un período de contratación de 1 año.
La empresa patrocinadora dará al estudiante durante la etapa teórica el 50% del salario mínimo legal y vigente. Mientras que en la fase de prácticas no debe ser menor al 75%. Esta mensualidad no constituye un salario.
Para saber exactamente el tipo de contratación que aplica tu empresa en sus distintos cargos, en minomina.com podemos asesorarte con respecto a su clasificación por empleado. Por este motivo, hemos dispuesto para ti un Formulario de Consultas y Requerimientos para que nos hagas llegar tus dudas y preguntas.