Aquí te contamos como aplica la Ley 590 del 2000 en la liquidación de los aportes parafiscales de tu compañía, ya que, si eres persona natural o jurídica y conformaste una micro, pequeña o mediana empresa después del 10 de Julio del 2000 podrás tener reducciones en el aporte a SENA ICBF y Cajas de Compensación familiar durante los 3 primeros años, debes tener en cuenta esto, para que adelantes el registro de tu empresa en minomina.com
El 10 de Julio del año 2000 el Gobierno Nacional expidió la Ley 590 con el fin de promover el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas. Según el Artículo 5, para ser beneficiario de esta ley, tu empresa debe:
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Tener menos de 200 cotizantes.
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Haberse constituido a partir de la promulgación de la Ley (10 de julio de 2000).
Entre otras disposiciones, esta ley en su Artículo 43 estableció un estímulo a la creación de empresas decretando una reducción en los aportes que realicen este tipo de empresas destinados a SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar y que además se hayan constituido e instalado a partir de la promulgación.
Estas reducciones empezarán a aplicar de forma progresiva de la siguiente manera:
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Setenta y cinco por ciento (75%) para el primer año de operación.
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Cincuenta por ciento (50%) para el segundo año de operación.
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Veinticinco por ciento (25%) para el tercer año de operación.