Ya que el portal no reporta cifras decimales para el cálculo de vacaciones hay una solución que se adecuada a las empresas que deseen manejar el método web para su reporte de nómina electrónica.
Para ello y como es de conocimiento de todos, antes de liquidar al empleado en minomina, debemos reportar las novedades de pago en su liquidación y para esto debemos reportar novedades tales como "Cesantías" "Intereses de las Cesantías" "Prima Legal" "Vacaciones" y en este caso, entrando en detalle, el portal no permite registrar valores decimales en el pago de vacaciones como se evidencia en la imagen anterior por lo cual se debe reportar de otra manera para que el valor que se reporte a la DIAN sea lo más aproximado a lo que se pago al empleado en su liquidación.
Debe ingresar los días en número entero en este caso (3) y empezar a modificar el salario base para las vacaciones, para ingresar el valor real del IBC de las vacaciones puede aplicar la siguiente formula, valor total de vacaciones compensadas dividido los días compensados (3) por los 30 días del mes, de esta forma tendrá el valor exacto de las vacaciones compensadas.
Para el registro de la cantidad de días, procedemos al siguiente calculo:
valor pago de las vacaciones ÷ días compensados(numero entero) x 30
ejemplo: 180.000 ÷ 3 x 30 = 1.800.000- ibc que se debe registrar