Cuando se le suspende el contrato de trabajo por casos como: sanciones disciplinarias, hay que liquidar la nómina del mes o periodo en que ha ocurrido la suspensión, hay que tener presente los efectos de dicha suspensión en algunos conceptos a liquidar.
¿Cuáles son los efectos de la suspensión del contrato de trabajo por sanción disciplinaria?
En primer lugar, el trabajador no podrá prestar el servicio a favor del empleador y éste último no tendrá que pagar salario, pudiendo descontar dicho periodo de suspensión al momento de liquidar las cesantías y vacaciones.
Adicionalmente, durante el tiempo de suspensión cesan los aportes al Sistema de Seguridad Social en cabeza del trabajador. No obstante, el empleador deberá seguir efectuando los correspondientes aportes a los subsistemas de pensión y de salud. No existe la obligación de hacer el aporte al subsistema de riesgos laborales, en la medida que el trabajador no está prestando servicios no hay lugar a que se generen riesgos de accidente de trabajo o enfermedad laboral.
A continuación, te indicamos cómo realizar el registro de la suspensión:
1. Ingresa a minomina.com con tus credenciales de acceso (usuario y clave):
2. Te vas a dirigir al menu izquierdo y seleccionas la opcion Nomina Electronica - Periodos Anteriores:
3. Luego eliges el periodo en el que vas a ingresar la novedad:
4. Una vez este en el periodo seleccionado, vas a identificar al trabajador al cual le vas a ingresar la novedad, ingresas dando click en el icono (+):
5. Luego de ingresar te va a dirigir a la parte de Novedades, estando hay vas a seleccionar la opcion de Vacaciones, Incapacidades y Licencias:
6. Una vez ingreses va a seleccionar la opcion de Suspension:
7. Debes ingresar el rango de fechas en la cual el trabajador se encontraba suspendido, luego seleccionas la tarifa que le aplicaron y das click en agregar:
Tarifa Plena: al seleccionar dicha tarifa no se descontarán a el trabajador deducciones de ley durante dicha novedad por lo cual en las deducciones de ley solo le mostrara el descuento por los días laborados.
Tarifa Empleador: al seleccionar dicha tarifa se le realizara únicamente el descuento a pensión en los días de la novedad al trabajador puesto que el aporte a salud no es obligatorio durante una suspensión.
8. Finalmente agregada la novedad, el sistema te indica que "La novedad fue agregada exitosamente":
Fecha de actualización: 28 Marzo 2025