El articulo107-2 del estatuto Tributario adicionando por el artículo 87 de la ley 2010 del 219 busca proponer como incentivo tributario (Deducciones por contribuciones a educación de los empleados) las siguientes deducciones serán aceptadas fiscalmente siempre y cuando se encuentre debidamente soportada.
A. Los pagos destinados a programas de becas de estudios totales o parciales y de créditos condonables para educación, establecidos por las personas jurídicas en beneficio de sus empleados o de los miembros del núcleo familiar del trabajador.
B. Los pagos e inversiones dirigidos a programas o centros de atención, estimulación y desarrollo integral y/o de educación inicial, para niños y niñas menores de siete años establecidos por las empresas exclusivamente para los hijos de sus empleados
C. Los aportes que realicen las empresas para instituciones de educación básica primaria y secundaria- y media reconocidas por el ministerio de Educación, las de educación Técnica, tecnológica y de educación superior que cumplan los requisitos
¿Como registrar deducción por educación?
1. Ingresar a nómina electrónica-periodos anteriores
2. Seleccionar el periodo a trabajar
3.Ubicar el colaborador dar clic en novedades y a continuación deducciones y retenciones
4. Clic en Agregar deducciones
5. Clic otras deducciones- Agregar
6. Clic en educación