El articulo107-2 del estatuto Tributario adicionando por el artículo 87 de la ley 2010 del 219 busca proponer como incentivo tributario (Deducciones por contribuciones a educación de los empleados) las siguientes deducciones serán aceptadas fiscalmente siempre y cuando se encuentre debidamente soportada.
A. Los pagos destinados a programas de becas de estudios totales o parciales y de créditos condonables para educación, establecidos por las personas jurídicas en beneficio de sus empleados o de los miembros del núcleo familiar del trabajador.
B. Los pagos e inversiones dirigidos a programas o centros de atención, estimulación y desarrollo integral y/o de educación inicial, para niños y niñas menores de siete años establecidos por las empresas exclusivamente para los hijos de sus empleados
C. Los aportes que realicen las empresas para instituciones de educación básica primaria y secundaria- y media reconocidas por el ministerio de Educación, las de educación Técnica, tecnológica y de educación superior que cumplan los requisitos
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3. Selecciona el periodo sobre el cual estés trabajando
4. Ubica al trabajador al cual de vayas a agregar esta novedad y al frente de este mismo clic en el icono <+> de novedades
5. Al estar dentro de las novedades del trabajador selecciona la opción de <Deducciones y retenciones>
6. Allí vas a tomar la opción de <otras deducciones> clic en <continuar>
7. Buscas el concepto, ingresas el valor correspondiente y si deseas cambias la descripción, por ultimo agregas la novedad
8. Al finalizar vas a visualizar que la novedad haya sido agregada con éxito
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Fecha de actualización 24 de julio 2025