Una vez el trabajador adquiere el derecho o solicita sus vacaciones, se debe proceder a liquidarlas conforme lo contempla el código laboral.
Para liquidar las vacaciones se requieren dos variables; el salario y los días trabajados o periodo a liquidar.
- Salario del trabajador. Corresponde al salario ordinario que el trabajado esté devengando al momento de salir a vacaciones según lo señala el artículo 192 del código sustantivo del trabajo. No se incluye el auxilio de transporte, ni las horas extras ni la remuneración por trabajo en días de descanso remunerado como domingos y festivos.
- Días trabajados. Es el periodo de tiempo laborado del trabajador por el cual se van a liquidar las vacaciones. Por cada 360 días trabajados se tiene derecho a 15 días de vacaciones, pero esta se puede liquidar con menos más días, por ejemplo 180 o medio año, o 3 meses, etc.
para registrar estas vacaciones en minomina es necesario seguir estos pasos:
1. Ingresamos al periodo en el cual deseamos registrar las novedad, ubicamos al trabajador
2. Seleccionamos la opción: "vacaciones incapacidades y licencias"
3. luego en agregar novedad:
4. allí seleccionamos: vacaciones disfrutadas y agregar
5.Una vez le damos agregar, nos saldrá un cuadro para registrar la fecha de vacaciones, el sistema nos realizara un cálculo automático con el valor de estas.