Una vez el trabajador adquiere el derecho o solicita sus vacaciones, se debe proceder a liquidarlas conforme lo contempla el código laboral.
Para liquidar las vacaciones se requieren dos variables; el salario y los días trabajados o periodo a liquidar.
- Salario del trabajador. Corresponde al salario ordinario que el trabajado esté devengando al momento de salir a vacaciones según lo señala el artículo 192 del código sustantivo del trabajo. No se incluye el auxilio de transporte, ni las horas extras ni la remuneración por trabajo en días de descanso remunerado como domingos y festivos.
- Días trabajados. Es el periodo de tiempo laborado del trabajador por el cual se van a liquidar las vacaciones. Por cada 360 días trabajados se tiene derecho a 15 días de vacaciones, pero esta se puede liquidar con menos más días, por ejemplo 180 o medio año, o 3 meses, etc.
Para registrar estas vacaciones en minomina es necesario seguir estos pasos:
1. Ingresamos "Nomina electrónica" > "Generar nomina".
2. Validar que se encuentre el periodo correspondiente, ubicamos al trabajador en el cual deseamos registrar las novedad, seleccionamos la opción novedades "+".
3. Seleccionamos la opción "vacaciones incapacidades y licencias".
4. Buscamos el concepto "Vacaciones disfrutadas" y la seleccionamos.
5. Una vez allí, agregamos la "Fecha inicial" y la "Fecha final" y "agregar", Después saldrá un aviso de "¡La novedad fue agregada exitosamente!".
6. Saldrá un cuadro tipo calendario mostrando la novedad en dichas fechas.
Adicional en la parte inferior el sistema nos muestra las novedades agregadas con el valor que se generó de forma automático, en este podrás modificar o eliminar la novedad.
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